El juez se niega a aplicar la Doctrina Botín a la Infanta y por tanto seguirá en el banquillo cuando el próximo 9 de febrero se reanude el proceso por el caso Nóos: Cristina de Borbón recibe la mala noticia regresando de la India, país que ha visitado durante cuatro días para hacer labores humanitarias mientras el tribunal decidía si la levantaba del banquillo, cosa que al final no ha ocurrido.
El tribunal de Palma de Mallorca que está juzgando el caso Noos desestimó este viernes un recurso de la defensa de la infanta Cristina de Borbón, por lo que continuará siendo juzgada por delitos fiscales, según una portavoz del juzgado. La defensa de la hermana de Felipe VI había solicitado que se aplicase la denominada doctrina Botín, que estipula que una persona no puede ser juzgada cuando los cargos sólo están respaldados por una acusación popular, y no por la Fiscalía o la Abogacía del Estado.
Cristina de Borbón está acusada de dos cargos como supuesta cooperadora necesaria en fraude fiscal, y si es hallada culpable podría ser condenada a hasta ocho años de cárcel.
Durante el viaje a la India la infanta ha desempeñado labores humanitarias antes de regresar a Ginebra donde se enfrentará a la realidad: las tres magistradas han decidido considerar a Manos Limpias como legitimados para mantener en solitario la acusación contra la hermana del Rey y esposa de Iñaki Urdangarin.
El asado 26 de enero partió a una de las zonas más pobres y necesitadas de la India, en el Estado de Andhra Pradesh, a una causa solidaria. De nada ha servido esta supuesta "operación de lavado de imagen" de la hija del Rey emérito, tal y como habían calificado algunos medios el viaje.
El sindicato Manos Limpias, representado por la abogada Virginia López Negrete, pide para la infanta una pena de 8 años de cárcel y una multa de 2 millones de euros por los dos delitos fiscales que se le atribuyen como cooperadora necesaria. Los interrogatorios a los 18 acusados, entre los que seguirá la infanta tras la decisión que se acaba de conocer, se reanudan el 9 de febrero. De nada han servido los argumentos de la defensa de la hermana del Rey, que confiaba en que el tribunal apartara a su clienta de la vista oral. El abogado Miquel Roca pidió para que la infanta Cristina no tenga que sentarse en el banquillo, la aplicación de la llamada Doctrina Botín, que evita que se enjuicie a un imputado si sólo lo solicita la acusación popular. La decisión de la Sección Primera de la Audiencia de Palma ha dejado en mal lugar a la Fiscalía, la Agencia Tributaria y la Abogacía del Estado, que no habían acusado a la infanta, por considerar que no cometió delito a pesar de que el juez Castro lo vio claro desde el primer momento.
Samantha Romero, Eleonor Moyá y Rocío Martín Hernández son las magistradas que han decidido finalmente que a la infanta no se le aplique la llamada doctrina Botín, y sí se considera a la acusación particular (Manos Limpias) como legitimada por sí sola para dirigirse contra alguien a quien ni Fiscalía ni Abogacía del Estado apoyan imputar.
La Doctrina Botín la estableció el Supremo cuando libró a la cúpula del Banco de Santander de ser juzgada en el caso de las cesiones de crédito, porque no existía ni acusación del fiscal ni acusación particular, aunque sí popular.