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Pablo Iglesias e Irene Montero, devastados tras perder el caso del supuesto acoso a sus hijos: "Duele en el alma"

El ex vicepresidente y la ministra de Igualdad han recibido este miércoles malas noticias. El juez ha absuelto al periodista al que Pablo Iglesias (43) e Irene Montero (34) demandaron por un supuesto acoso a sus hijos, Leo y Manuel, de casi tres años, a los que incluso tuvieron que cambiar de colegio. Ellos están devastados: "Recurriremos pero duele en el alma la impunidad y la sensación de que, si no fuéramos nosotros, todo sería diferente", ha dicho el que fuera líder de Podemos en redes sociales, un mensaje que ella ha retuiteado.

Fue el pasado 2 de febrero cuando la pareja más famosa del partido morado se personó en Juzgado de lo Penal número 30 de Madrid. Lo hicieron vestidos de oscuro y cogidos de la mano, escenificando su unión ante un tema que concierne a su familia y a sus dos hijos menores. El tema venía de 2019, cuando Pablo e Irene demandaron a Alejandro Entrambasaguas, empleado de Eduardo Inda en Ok Diario, al que acusaron de presunto acoso a sus hijos y a su cuidadora.

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"No estoy aquí como ministra ni como representante pública, estoy aquí como madre de dos niños, estamos aquí como madre y como padre, como haría cualquier familia para proteger a sus hijos. Asumimos cosas que se puedan hacer contra nosotros, que se han hecho y que se seguirán haciendo, pero contra los hijos no todo vale", señaló entonces la ministra. "Confiamos en la justicia y que se haga justicia para proteger a nuestros hijos frente al acoso".

Sin embargo, la justicia ha fallado en su contra. Según el magistrado, "la actuación del acusado no constituyó un delito, pues ni los actos por sí mismos, ni por la forma en que fueron ejecutados, ni por su número, ni por el lapso temporal en que se realizaron permiten considerar la existencia de hostigamiento, aunque los mismos generasen una inquietud muy relevante tanto a la cuidadora como a los padres de los menores". Añade que los niños son demasiado pequeños como para ser conscientes y sufrientes de tal situación y que la única con potestad para demandar habría sido la cuidadora: "Esta fue la única agraviada, es decir la única que soportó los actos de acercamiento y de comunicación inconsentidos del acusado y por lo tanto la única que tenía la facultad de decidir si se abría o no un proceso penal. La interposición de la querella de los Sres. Iglesias y Montero sin embargo privó a la perjudicada de esta facultad pues ellos decidieron por ella".

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Comentarios 3

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Saba
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Ja, ja, ja....el acosador, acosado y perdedor. Hala, a txc¡¡¡

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#1
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Que lástima no tuviera que padecer el juez del caso lo mismo con sus hijos, que auténtica vergüenza!

Puntuación -11
#2
das
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te jodes hdlgp que tal sienta tu propia medicina??? hipócrita!!!!

Puntuación 3
#3